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Incremento Salarial Empleados de Comercio

Fecha: 28/10/2026

Acuerdo Salarial Mercantil – Octubre a Diciembre 2026

Si bien todavía no está homologado ni se publicaron las escalas salariales correspondientes, fue dado a conocer
un acuerdo salarial que el Sindicato de Empleados de Comercio y las cámaras empresariales del sector firmaron
para el período comprendido entre octubre y diciembre 2026.
Las partes acordaron lo que se detalla a continuación:
Aumento Pautado
Aumento del 5.7%, escalonado, remunerativo y no acumulativo, según el siguiente cronograma:
- 1.9% desde OCT 2026
- 1.9% desde NOV 2026
- 1.9% desde DIC 2026
En todos los casos la base de cálculo serán los haberes SEPT 2026.
Sumas No Remunerativas
Recordemos que, según lo acordado en Julio 2026, la suma fija de $120.000 que los trabajadores ya están
percibiendo seguirá teniendo el carácter de Suma No Remunerativa hasta noviembre 2026 inclusive. Se prevé
una incorporación al básico en cuotas de $20.000.- cada una desde diciembre 2026 hasta mayo 2027.
Los saldos que vayan quedando pendientes de incorporación generarán los adicionales de presentismo y
antigüedad, y serán base de cálculo para aportes del SEC, Faecys e Inacap.
Recomposición en dos cuotas
En el acuerdo firmado ayer se determinó también el otorgamiento de una suma no remunerativa de $50.000.-
en carácter de recomposición, la cual se liquidará en dos cuotas iguales de $25.000 cada una, junto con los
haberes de octubre y de noviembre 2026. Se incorporará al recibo bajo la denominación “Suma No
Remunerativa única – Revisión octubre 2026”
En el caso de trabajadores que presten servicios en tiempo parcial o que no trabajen el mes completo, percibirán
estas sumas fijas en forma proporcional a la jornada cumplida y a los días trabajados.
Posibilidad de Compensar
Se pueden compensar los aumentos otorgados por los empleadores en forma unilateral y voluntaria a partir del
01/07/2026 cualquiera sea su denominación (en tanto sean aumentos de carácter salarial), dejando
expresamente aclarado que no podrán ser absorbidos ni compensados con bonificaciones o gratificaciones.
Próxima Revisión
Se prevé que las partes se reunirán nuevamente en enero 2027

CP María Valeria Anselmi
Dpto. de RRHH
Estudio Groisman Auditores y Consultores SA