Fecha: 24/06/2024
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 45/2024 Rentas Provincia de Tucumán
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la RG (DGR) N° 82/13 se procedió a la incorporación de los
contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen del
Convenio Multilateral, con excepción de los encuadrados en su artículo 8°, al régimen especial
de presentación de declaraciones juradas establecido por la RG (DGR) N° 160/11 y sus
modificatorias y normas complementarias;
Que asimismo, a través de su artículo 2° se estableció que el formulario CM 03, aprobado por la
Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, reviste el carácter de declaración jurada mensual
informativa respecto a la liquidación de los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de
la jurisdicción de Tucumán, disponiéndose igual carácter para el formulario CM 05 aprobado por
la citada Comisión, salvo en lo que respecta a la determinación del coeficiente unificado, el cual
constituye una declaración jurada anual determinativa del mismo;
Que en ese contexto normativo, la RG (DGR) N° 84/13 estableció que los contribuyentes
comprendidos en el Convenio Multilateral, quedaban obligados al uso del programa aplicativo
Si.A.Pre. para la liquidación y determinación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de sus
respectivos anticipos correspondiente a la jurisdicción de Tucumán, a partir del período fiscal
2014, todo ello conforme al régimen establecido por la RG (DGR) N° 140/12 y su norma
complementaria RG (DGR) N° 141/12
Que por su parte, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y esta DIRECCIÓN GENERAL DE
RENTAS se han abocado a o al tratamiento y modificación de la mecánica de liquidación del
Si.Fe.Re. Web para la jurisdicción de Tucumán, a los fines de armonizar y unificar la liquidación
del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y sus anticipos; y habiendo concluido satisfactoriamente
dicha labor, se torna necesario relevar a los contribuyentes comprendidos en el Régimen del
Convenio Multilateral de la obligación de utilizar el programa aplicativo Si.A.Pre.
Por lo tanto, se determina:
Eximir a los contribuyentes comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, de la
obligación de utilizar el programa aplicativo Si.A.Pre. para la liquidación y determinación del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de sus respectivos anticipos correspondiente a la
jurisdicción de Tucumán, cuyos vencimientos originales operen a partir del 1° de Julio de 2024,
inclusive.- Toda presentación de declaración jurada correspondiente a anticipo, posición o
período cuyo vencimiento original opere en fecha anterior a la indicada en el párrafo anterior,
deberá efectuarse conforme al procedimiento o sistema que regía para dicha presentación.-
Se recuerda que el día 28 de junio vence la presentación del impuesto anual 2023.
Declaraciones juradas anuales Convenio Multilateral CM 05 PERIODO 2023
El vencimiento opera el día 28 de junio de 2024.
Atte., Alicia M. Garcia – Contadora Pública- Gerencia de Impuestos