Fecha: 06/09/2023
Normativa: Resoluciones 1133/2023 y 1136/2023 del MTESS
Asignación No Remunerativa Excepcional – Reglamentación MTESS
El Ministerio de Trabajo ha publicado el 5/9/2023 la R.1133/2023 donde aclara que la posibilidad de absorción establecida en el Art.8
del DNU 438/2023 para las Asignaciones No Remunerativas que allí se establecen sólo podrá efectivizarse cuando el mecanismo
para absorberlas se haya previsto expresamente en cláusulas de acuerdos colectivos ya pactados, para las remuneraciones
devengadas de Agosto y Septiembre 2023.Si no fuera específicamente acordado, no podrán ser absorbidos. En las negociaciones en
curso y futuras, podrá incluirse una norma expresa que acuerde la absorción de estas sumas reguladas por el DNU 438/2023.
Además el Ministerio publicó la Resolución 1136/2023 donde se ocupó de reglamentar la solicitud de reintegro estipulada para los
empleadores del régimen de casas particulares que abonen la asignación DNU 438/2023, hasta el 50% de lo abonado. Recordamos
que según el DNU los requisitos a cumplir por los empleadores son:
- No estar alcanzados en Bienes Personales 2022
- Haber percibido en Agosto 2023 ingresos netos inferiores a $1.500.000.-
A estos requisitos el MTESS agrega los puntos que detallamos a continuación:
- Que la relación laboral esté activa en Agosto y en Septiembre
- No estar inscripto en el REPSAL
- El pedido del reintegro se hará por cada una de las cuotas, a través del portal web de AFIP, en la solapa “Casas Particulares”
opción “Solicitud Reintegro ANR DNU 438/2023” en las siguientes fechas:
1- Entre el 25 y el 29 de Septiembre para la cuota de Agosto 2023
2- Entre el 2 y el 8 de Octubre para la cuota de Octubre 2023
Los empleadores que deseen presentar el pedido de reintegro, en cada mes, adjuntarán la siguiente documentación:
1) DJ del monto abonado en concepto de ANR DNU 438/2023 y de la fecha de pago
2) Recibo firmado por el trabajador/a donde consta la ANR
3) Datos de la CBU del empleador/a identificando su CBU
4) DJ de los ingresos netos percibidos en Agosto 2023 (Septiembre 2023) por el empleador, y la fuente de los mismos
5) DJ de la cantidad de horas trabajadas por el empleado en Agosto 2023 (Septiembre 2023)
6) Lugar de residencia del empleador/a
CP María Valeria Anselmi
RRHH
Estudio Groisman Auditores y Consultores SA