Fecha: 28/10/2022
Normativa: Decreto 714/2022
Fue publicado por medio del Decreto 714/2022 el nuevo valor mínimo a partir del cual los trabajadores, jubilados y pensionados
comienzan a pagar impuesto a las ganancias desde Noviembre 2022 devengado.
Se establece que desde el 01/11/2022 no corresponderá aplicar retenciones del IIGG cuando la remuneración bruta del mes o el
promedio resultare inferior a $330.000.- inclusive (Tramo I). También se exime del IIGG al 2do SAC de los trabajadores con el
promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto inferior a $330.000.-
Corresponderá aplicar la Deducción Adicional para los salarios brutos mensuales o promedios comprendidos en el tramo de
$330.000.- a $431.988.- para lo cual se espera que AFIP publique las tablas y escalas que serán aplicables (Tramo II) de forma tal
que se reduzca el impacto del impuesto en este rango salarial.
El Decreto publicado en el día de la fecha establece que la Deducción Especial Incrementada del Tramo I, es decir, la que exime del
pago del impuesto a cierto rango de sueldos; procederá en el año 2022 en tanto la remuneración y/o haber bruto promedio mensual
arroje un monto inferior o igual a:
- $225.937 desde el 01/01/2022
- $280.792 desde el 01/06/2022
- $330.000 desde el 01/11/2022
Se prevé que en los próximos días AFIP publique la resolución que reglamenta el presente Decreto para su efectiva aplicación desde
Noviembre 2022.
CP María Valeria Anselmi
RRHH
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