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Se reemplaza SIMPES por SIRASE y se modifican precepciones por consumos en moneda extranjera

ASUNTO: Implementación del Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de

Servicios al Exterior (SIRASE)/Modificaciones en percepciones de Ganancias y Bienes

Personales por consumos en moneda extranjera.

Fecha: 14/10/2022

RESOLUCIÓN GENERAL CONJUNTA (AFIP-SC) 5271/2022

La AFIP junto a la Secretaría de Comercio dejan sin efecto el “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al

Exterior de Servicios” (SIMPES), reemplazándolo por el “Sistema de Importaciones de la República

Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE)”.

Las presentes disposiciones se aplicarán para las registraciones efectuadas a partir del

17/10/2022, inclusive.

El Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) será aplicable a los importadores,

inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros, con relación a las destinaciones definitivas

de importación para consumo.

Los sujetos referidos en el párrafo anterior, deberán proporcionar la información que se indica en el

micrositio “Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA)”, disponible en el sitio

“web” (http://www.afip.gob.ar).

La declaración efectuada a través del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) -

declaración SIRA- tendrá un plazo de validez de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de la

fecha en que tenga el estado de SALIDA.

Los estados que puede tener la declaración SIRA serán puestos en conocimiento del declarante mediante

el servicio Mis Operaciones Aduaneras (MOA), que se encuentra en el citado sitio “web” de la AFIP.

La información registrada en el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) será puesta a

disposición de los Organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior

Argentino (VUCEA), a efectos de su intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Las operaciones de los sujetos referidos en la presente podrán contar con la declaración SIRA en estado

OFICIALIZADA, previo al arribo al territorio aduanero de la mercadería involucrada, lo que permitirá

ejecutar las tareas de control en forma anticipada. Al momento de oficializar la destinación de

importación, el Sistema Informático MALVINA (SIM) exigirá el número identificador de la declaración

SIRA en estado SALIDA, realizándose su validación.

Una vez ingresados los datos solicitados por el sistema, y a efectos de generar la declaración SIRA, la

AFIP analizará:

a) La situación del sujeto a partir de la información disponible en sus registros. En el caso que se

detectaren incumplimientos o irregularidades formales se solicitará que los mismos sean subsanados,

a efectos de avanzar en la tramitación de la declaración SIRA.

b) El Perfil de Riesgo considerando, entre otros elementos, si el importador ha efectuado operaciones

de sobrefacturación, subfacturación o ha desvirtuado el régimen con prácticas abusivas en proceso de

investigación en la interposición de medidas administrativas o judiciales con relación a las

operaciones.

Superado el control, podrá continuar con el registro de la declaración SIRA.