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Formato Digital del Libro de Sueldos Especial – Obligatoriedad en Provincia de Buenos Aires desde 11-2022

Resolución MT Bs As 210/2022

Soporte Digital del Libro de Sueldos Especial en Provincial de Bs As



Fue aprobado el sistema Digital como soporte para rubricar en legal forma el Libro Especial Art. 52 Ley 20744 para los empleadores

de la Provincia de Buenos Aires.

La obligatoriedad será progresiva, hasta alcanzar a todos los empleadores, y quedó establecida desde Noviembre 2022 de la

siguiente forma;

1. Para empleadores con 500 trabajadores, o más, desde Noviembre 2022

2. Para empleadores que ocupen entre 100 y 499 trabajadores, desde Febrero 2023

3. Para empleadores que ocupen entre 50 y 99 trabajadores, desde Abril 2023

4. Para empleadores que ocupen menos de 50 trabajadores, desde Junio 2023

Cualquier empleador puede solicitar ingresar a este mecanismo en forma voluntaria, para lo cual deberá solicitar autorización.

Quedan exceptuados temporalmente de la obligación de utilizar el sistema digital para rubricar el Libro de Sueldos Especial hasta

tanto los empleadores agoten las hojas móviles que tengan en su poder.

Los pagos de las tasas retributivas se harán por VEP, y la falta de pago de los mismos obstará la rúbrica, por lo que los libros no

serán válidos como tales.

El Libro de Sueldos Especial en la Provincia será presentado digitalmente en conjunto con el SICOSS, considerándose extemporánea

en caso contrario.