Pago de Haberes y Simplificación Registral Registro Especial
10 de Agosto 2022
Obligatoriedad de Pago Bancario
El Decreto 660/2021, publicado el 27/09/2021 estableció en su Art. 12 la obligatoriedad de cumplir con el pago de los haberes
devengados a favor de los trabajadores de casas particulares a través de la acreditación en cuenta bancaria, con excepción de los
casos donde el trabajador exija el pago en efectivo.
Cumplimos en recordar que según lo establecido en el Art. 13 del mencionado decreto, el próximo mes llega a su fin el plazo de 12
meses otorgado para adecuarse a la medida dispuesta en el párrafo anterior.
Datos a Informar On Line
Los empleadores tendrán que informar en el sitio de AFIP el CBU de la cuenta destinada al pago de los sueldos de los trabajadores
de casas particulares, y tener en cuenta además que el subsistema les solicitará para poder confirmar el cambio que carguen el No de
Celular, Compañía y casilla de correo del trabajador/a.
CP María Valeria Anselmi
RRHH
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