Novedades

Novedades Impositivas - Junio 2022

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5198 & RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 13/2022

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5198.

Nuevo facturador para monotributistas de las categorías A, B y C y monotributistas sociales.



SUJETOS Y OPERACIONES ALCANZADOS



Se implementó en junio una nueva herramienta de facturación denominada “Facturador”, a fin de que los responsables adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) en las categorías A, B o C puedan emitir de manera simplificada, ágil y dinámica comprobantes electrónicos originales para respaldar las operaciones que realicen en el mercado interno con sujetos que reciban el tratamiento de consumidor final.

Todas las novedades inherentes a esta herramienta serán publicadas en el micrositio institucional “Facturador: emisión de comprobantes” (https://www.afip.gob.ar/facturador).





ACTIVIDADES Y COMPROBANTES ELECTRÓNICOS COMPRENDIDOS

Estarán comprendidas en lo dispuesto en el artículo anterior solo las operaciones asociadas y derivadas de lasactividades detalladas en el Anexo que figura al pie de la resolución.



Los tipos de comprobantes electrónicos que se podrán emitir a través del “Facturador” son aquellos que seguidamente se detallan:



CÓDIGO - DESCRIPCIÓN

109 - TIQUE C

114 - TIQUE NOTA DE CRÉDITO C



EMISIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS



A los efectos de confeccionar los comprobantes electrónicos se deberá solicitar a esta Administración Federal la autorización de emisión a través del sitio “web” institucional mediante el servicio denominado “Facturador”.



Los comprobantes electrónicos deberán contener la leyenda “A CONSUMIDOR FINAL” que será consignada automáticamente por el sistema de emisión.



HABILITACIÓN DE PUNTOS DE VENTA



Este Organismo habilitará como punto de emisión de los comprobantes electrónicos previstos en esta resolución general el primero disponible asociado a la opción “Factura en línea - Monotributo” del servicio “Comprobantes en línea”. En caso de que no exista ninguno habilitado, se generará uno asociándolo a la citada opción y al domicilio fiscal declarado.



AUTORIZACIÓN O RECHAZO DE LA SOLICITUD.



Esta Administración Federal podrá autorizar o rechazar la solicitud de emisión de comprobantes electrónicos indicando el o los mensajes de error o inconsistencias detectadas.





RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 13/2022

Régimen de regularización para deudas en instancia prejudicial vencidas o devengadas entre el 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.



Se establece un régimen para la regularización de deudas vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate, entre el 1° de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, de los impuestos inmobiliario - componente básico y complementario-, a los automotores y embarcaciones deportivas o de recreación y, sobre los Ingresos Brutos, en instancia prejudicial.

Como principales características de este plan podemos destacar:



- El monto de la deuda podrá financiarse en hasta 24 cuotas con un interés de financiación del 7% o 6,5% según la cantidad de cuotas.



- La cuota mínima será de $ 500 o $ 1000 para:



* Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario en su componente complementario y a los Automotores en el caso de embarcaciones deportivas o de recreación: pesos mil ($1.000).



* Impuestos Inmobiliario en su componente básico y a los Automotores en el caso de vehículos: pesos quinientos ($500).



- Se encuentran excluidos los siguientes conceptos:



* Las deudas de los agentes de recaudación, por gravámenes que hayan omitido retener y/o percibir, y por retenciones y/o percepciones efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término, incluso las provenientes de la aplicación de multas.



*Las deudas reclamadas mediante juicio de apremio y las provenientes de regímenes de regularización caducos entre el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2022;



* Las deudas provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sometidas a proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas.



* Las deudas de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos provenientes del Régimen Simplificado de dicho tributo y las multas en general.



- Los acogimientos deberán efectuarse a través del sitio oficial de internet de la ARBA -www.arba.gob.ar-.



Por último señalamos que el régimen tiene vigencia desde junio hasta diciembre de 2022.