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Se implementa el Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios “SIMPES”

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5135

La AFIP implementa el “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” aplicable a las personas

humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas, cualquiera sea la forma que adopten, que deban realizar pagos

al exterior por cuenta propia o de tercero o actúen como ordenantes del pagos .

En el micrositio denominado “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios ” del sitio “web” de

este Organismo (http://www.afip.gob.ar) se publicará la nómina de los códigos de operaciones y los montos

mínimos a los que no les resultará de aplicación el sistema mencionado precedentemente.

Los sujetos deberán proporcionar a través del servicio con Clave Fiscal denominado “Sistema Integral de Monitoreo

de Pagos al Exterior de Servicios” del sitio “web” institucional, la información indicada en el micrositio “Sistema

Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios”, prestando consentimiento expreso a efectos que la misma

sea remitida al Banco Central de la República Argentina (BCRA) para su intervención en el marco de sus competencias.



La declaración efectuada a través del referido servicio “web” -declaración SIMPES- tendrá vigencia durante el mes

calendario en el que se realizó.

Una vez ingresados los datos solicitados por el sistema mencionado y para generar la respectiva declaración, esta

Administración Federal analizará:

a) La situación del sujeto a partir de la información disponible en sus registros.

En el caso que se detectaren incumplimientos o irregularidades formales se solicitará su subsanación.

b) La capacidad económica financiera del sujeto mediante el “Sistema de Capacidad Económica Financiera” (Sistema

CEF). Si no superara dicho control podrá solicitar un reproceso o manifestar su disconformidad.

Los estados que puede tener la declaración son aquellos que se detallan en el micrositio institucional indicado. Los

mismos serán puestos en conocimiento del declarante mediante el servicio con Clave Fiscal “Sistema Integral de

Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios”.

La declaración SIMPES con estado Aprobada, en los supuestos de no concretarse o modificarse los términos de la

operación, no podrá ser anulada ni modificada; debiendo realizarse, de corresponder, un nuevo ingreso de

información al que se le aplicarán los controles pertinentes.

Las disposiciones de esta resolución general entran en vigencia el día 7 de enero de 2022, resultando incluso de

aplicación para los contratos de servicios celebrados con anterioridad a esa fecha respecto de los cuales existan

contraprestaciones monetarias pendientes de cancelación.