Incremento de los montos mínimos de los regímenes generales de retención y percepción de ingresos brutos.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 3/2022
- DETERMINACIÓN DEL IMPORTE A PERCIBIR
La percepción se practicará cuando el importe determinado sea igual o superior a la suma de pesos cien ($ 100)
- PAGOS EXCEPTUADOS
Impuesto, los agentes de retención quedan exceptuados de actuar como tales en los siguientes casos:
a) Por los pagos de servicios públicos de provisión de agua, gas, electricidad y teléfono.
b) Cuando el importe total a pagar sea inferior a pesos diez mil ($ 10.000), siempre que dicho pago constituya una erogación de caja chica para el agente.
c) Cuando el importe total de cada pago de honorarios a los profesionales universitarios, no supere la suma establecida por la citada norma.
- VIGENCIA
La presente resolución general entrará en vigencia a partir del 1° de Febrero de 2022, inclusive.-