Procedimiento transitorio para que los responsables inscriptos adecuen sus sistemas informáticos para emitir comprobantes “A” a monotributistas
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5022La AFIP extiende, hasta el 31/12/2021, el plazo para que los responsables inscriptos en el IVA adecuen sus sistemas de facturación de forma que puedan emitir comprobantes “A” a los monotributistas.
Los responsables inscriptos que aún no tengan adecuados sus sistemas de facturación deberán, desde el
1/7/2021 y hasta el 31/12/2021, emitir
facturas tipo “A” con la leyenda “Receptor del comprobante - Responsable Monotributo”. Dicha obligación se considerará cumplida con la incorporación de la mencionada leyenda en el comprobante -a través de un sello, una oblea autoadhesiva, etc.-, al momento de su emisión, entrega o puesta a disposición.
Los comprobantes emitidos a sujetos monotributistas deberán contener la leyenda: ‘El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley No 27.618’.