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Prórroga Vencimientos Ganancias y Bs. Per. 2019 y Plan de Pagos

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, SOBRE LOS BIENES PERSONALES Y CEDULAR. Plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas y pago del saldo resultante.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4768



En el día de hoy se publica la R.G. que establece además de la prórroga de los vencimientos que se anticipó ayer, que el saldo de las declaraciones juradas del impuesto

a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019 podrá regularizarse por medio del mini plan, hasta el 30/9/2020, sin importar la categoría de SIPER en la cual se encuentre caracterizado el contribuyente.

En este orden, los contribuyentes podrán abonar dicho saldo en hasta 3 cuotas y un pago a cuenta del 25%.



Las cuotas correspondientes al plan de facilidades de pago previsto para la cancelación del saldo de los impuestos a las ganancias, cedular y/o sobre los bienes personales correspondientes al periodo fiscal 2019, por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas, cuyo acogimiento se haya producido durante el mes de julio de 2020, vencerán –excepcionalmente- a partir del día 16 del mes siguiente al vencimiento fijado para la

presentación de las declaraciones juradas de dichos gravámenes del referido período fiscal, es decir, septiembre – si no hubiera más modificaciones-





RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4767



Ganancias y bienes personales. Trabajadores en relación de dependencia,jubilados, actores y otros. Se prorroga hasta el 31/8/2020 la presentación de la declaración jurada informativa



Por otro lado, se publicó la R.G. que prorroga hasta el 31/8/2020 la presentación de las declaraciones juradas informativas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019 que deben presentar los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, actores y otros sujetos a los regímenes de retención, siempre que sus ganancias brutas totales del mencionado período sea igual o superior a $2.000.000.