Novedades

Novedades Impositivas

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4992



Se prorroga la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente para acceder a mayores beneficios en los planes.



Se prorroga al 31/8/2021 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente en relación con los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.



Por otra parte, los planes de facilidades de pago caducos hasta el 30 de abril de 2021 no serán restados de la cantidad máxima de planes que podrá solicitar cada contribuyente; y para los sujetos que desarrollen actividades afectadas en forma crítica, no será tenido en cuenta el tope al monto máximo de las cuotas que tiene relación con el promedio de ingresos del contribuyente de los últimos 12 meses.





RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4991



Personas jurídicas. Simplificación de trámites de inscripciones y altas de impuestos para realizarlos en forma digital



Se habilita una nueva plataforma web que permite a las personas jurídicas no sujetas a fiscalización estatal permanente efectuar los trámites de solicitud de CUIT y alta de impuestos y/o regímenes en forma electrónica, sin necesidad de concurrir en forma presencial a completar el trámite.

A tal efecto, para solicitar la inscripción se deberá ingresar al servicio “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas”.





CONTRATOS DE LOCACIÓN DE INMUEBLES URBANOS, RURALES Y LOCACIONES TEMPORARIAS.

VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA SU REGISTRACIÓN EN AFIP




El 31/5/2021 vence el plazo para registrar los contratos de locación de inmuebles urbanos, rurales y locaciones

temporarias de inmuebles celebrados entre el 1/7/2020 y el 15/5/2021 a través del servicio web de AFIP “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI - Contribuyente”- Según prórroga establecida por RG (AFIP) 4967 ( 4/2021)





ALIVIO FISCAL PARA GASTRONÓMICOS Y SANATORIOS



La legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó las leyes con exenciones del impuesto sobre los ingresos brutos para gastronómicos y sanatorios.



Ambas leyes establecen exenciones en el impuesto sobre los ingresos brutos, en el caso de actividades gastronómicas para los meses de mayo a julio 2021 y para los servicios de internación excepto instituciones relacionadas con la salud mental la exención abarca los meses de mayo y junio 2021.Se espera reglamentación.