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Tucumán

Unificación del porcentaje de retención y/o percepción para sujetos no inscriptos en el impuesto sobre los ingresos brutos

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 48/2021



Se establece que se aplicará un porcentaje de recaudación único del 7% cuando de la consulta efectuada por los agentes de retención y/o percepción en los padrones surja que el contribuyente no acredita inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos -RG (DGR Tucumán) 176/2010-.

No rigiendo en estos casos los topes mínimos establecidos a los efectos de practicar la retención y/o percepción



Aplicación: A partir del 1/6/2021, inclusive.