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Se amplía el plazo para la presentación del mini plan Ganancias y Bienes Personales 2019

RESOLUCION GENERAL (AFIP) 4758



El plan de pagos, denominado “Mini Plan”, excepcionalmente no tendrá en cuenta la categoría de SIPER de cada contribuyente, por lo cual se podrá cancelar el saldo de las declaraciones juradas mencionadas con un pago a cuenta del 25%, que se abona cuando se consolida el plan y el saldo en otras 3 cuotas mensuales.

La posibilidad de entrar en el plan de pagos existe hasta el 31/8/2020.